Teniendo en cuenta que el control de la publicidad engañosa
es de interés de los consumidores, competidores y público en general,
en la actualidad, existen diversas leyes y organismos (de lo cual se hizo una breve referencia con anterioridad) que tienen la finalidad de proteger al consumidor contra
mensajes engañosos, exagerados o falsos y de evitar o eliminar los
métodos injustos de competencia que son parte de la publicidad engañosa.
Los mercadólogos y publicistas
deben actuar con suma cautela, pues han de tomar muy en cuenta que algunos de éstos organismos tienen la
facultad de verificar y controlar los diferentes anuncios publicitarios, incluyendo la posibilidad de tomar medidas, como:
- Ordenar el cese de una publicidad engañosa o emprender las acciones correspondientes con vistas a ordenar el cese de dicha publicidad .
- Prohibir una publicación engañosa o
emprender acciones pertinentes con vistas a ordenar su prohibición ,
incluso en ausencia de prueba de una pérdida o de un perjuicio real, o
de una intención o negligencia del anunciante.
- Exigir a la compañía que coloque anuncios correctivos para disipar las creencias falsas en los casos en los que las pruebas indiquen que los consumidores mantienen creencias falsas acerca de una marca debido a la publicidad fraudulenta.
Además, cabe señalar que en algunos
países, por ejemplo de la Union Europea (UE), se procura que las
personas u organizaciones que tienen un interés legítimo en la
prohibición de la publicidad engañosa puedan proceder
judicialmente contra esta publicidad y llevar ésta publicidad ante un
órgano administrativo competente bien para pronunciarse sobre las
reclamaciones o bien para emprender las acciones judiciales pertinentes.
Por todo ello, es imprescindible que los
mercadólogos y publicistas:
1) Tomen conciencia de los efectos
negativos que tiene la publicidad engañosa en el público
objetivo, la empresa, los competidores y, ya en general, en la sociedad.
2) Decidan no utilizar ésta práctica bajo ningún motivo.
3) Conozcan las
leyes vigentes en sus respectivos países contra la publicidad engañosa para conocer aquello que no está permitido y que por tanto no deben
realizar.
4) Contacten a los diferentes
organismos encargados de verificar y controlar los anuncios
publicitarios para recibir asesoramiento acerca de este tema.
A pesar de todo estos mecanismos de los cuales disponemos para evitar su uso, también es cierto que en la actualidad la publicidad engañosa está presente, no solo en los anuncios emitidos en la televisión o la radio, sino que también se encuentra en la propia red y cada día son más las víctimas de este tipo de publicidad, lo que acarrea ciertas consecuencias negativas en el público. Lo que cabe concluír, que "erradicar" este tipo de publicidad dista bastante por el momento.
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