Sobre este blog...

La finalidad que buscamos con este blog es intentar esclarecer el concepto de publicidad engañosa, cuales son los métodos más habituales empleados por los publicistas, informar de los distintos tipos de publicidad que se pueden vincular a esta, así como información para que sepáis como reclamar. Además queremos haceros conocedores sobre casos que la afectan y también... ¡¡¡Todo tipo de curiosidades!!!!

domingo, 10 de marzo de 2013

Razones Para NO Usar la Publicidad Engañosa

Bueno, pues y tal y como se recoge en el título, en esta actualización trataremos de explicar los motivos para evitar el uso de la publicidad engañosa.

Teniendo en cuenta que el control de la publicidad engañosa es de interés de los consumidores, competidores y público en general, en la actualidad, existen diversas leyes y organismos (de lo cual se hizo una breve referencia con anterioridad) que tienen la finalidad de proteger al consumidor contra mensajes engañosos, exagerados o falsos y de evitar o eliminar los métodos injustos de competencia que son parte de la publicidad engañosa.

Los mercadólogos y publicistas deben actuar con suma cautela, pues han de tomar muy en cuenta que algunos de éstos organismos tienen la facultad de verificar y controlar los diferentes anuncios publicitarios, incluyendo la posibilidad de tomar medidas, como:
  • Ordenar el cese de una publicidad engañosa o emprender las acciones correspondientes con vistas a ordenar el cese de dicha publicidad .

  • Prohibir una publicación engañosa o emprender acciones pertinentes con vistas a ordenar su prohibición , incluso en ausencia de prueba de una pérdida o de un perjuicio real, o de una intención o negligencia del anunciante.

  • Exigir a la compañía que coloque anuncios correctivos para disipar las creencias falsas en los casos en los que las pruebas indiquen que los consumidores mantienen creencias falsas acerca de una marca debido a la publicidad fraudulenta.
Además, cabe señalar que en algunos países, por ejemplo de la Union Europea (UE), se procura que las personas u organizaciones que tienen un interés legítimo en la prohibición de la publicidad engañosa puedan proceder judicialmente contra esta publicidad y llevar ésta publicidad ante un órgano administrativo competente bien para pronunciarse sobre las reclamaciones o bien para emprender las acciones judiciales pertinentes. 

Por todo ello, es imprescindible que los mercadólogos y publicistas:

1) Tomen conciencia de los efectos negativos que tiene la publicidad engañosa en el público objetivo, la empresa, los competidores y, ya en general, en la sociedad.
2) Decidan no utilizar ésta práctica bajo ningún motivo.
3) Conozcan las leyes vigentes en sus respectivos países contra la publicidad engañosa para conocer aquello que no está permitido y que por tanto no deben realizar.
4) Contacten a los diferentes organismos encargados de verificar y controlar los anuncios publicitarios para recibir asesoramiento acerca de este tema.

A pesar de todo estos mecanismos de los cuales  disponemos para evitar su uso, también es cierto que en la actualidad la publicidad engañosa está presente, no solo en los anuncios emitidos en la televisión o la radio, sino que también se encuentra en la propia red y cada día son más las víctimas de este tipo de publicidad, lo que acarrea ciertas consecuencias negativas en el público. Lo que cabe concluír, que "erradicar" este tipo de publicidad dista bastante por el momento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario